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Apoyo a la Integración Escolar
Se pone en su conocimiento que, a partir del ciclo lectivo 2011 y, de acuerdo a la Resolución Nº 1328/2006 MS, punto 4.4 –Servicio de Integración a la Escuela Común- y normas concordantes de carácter obligatorio, la prestación mencionada en la referencia de la presente deberá ser brindada por equipos especialmente capacitados para tal fin, sean éstos pertenecientes a una Escuela Especial con Integración Escolar, Centro Educativo Terapéutico con Integración Escolar o bien por un equipo de Apoyo a la Integración Escolar específicamente categorizado, todos ellos debidamente inscriptos en el Registro Nacional de Prestadores de la Superintendencia de Servicios de Salud, para brindar tal prestación conforme lo establecido en el Marco Básico de Organización y Funcionamiento de Prestaciones y Establecimientos de Atención a Personas con Discapacidad.
En función de lo expuesto precedentemente, el Apoyo a la Integración Escolar deberá estar a cargo de Equipos Técnicos Interdisciplinarios conformados por profesionales y docentes especializados y no a cargo de un solo profesional o docente.
Rogamos tomar debida nota de lo expuesto a fin de evitar inconvenientes innecesarios para ninguna de las partes involucradas.
Para cualquier aclaración sobre el particular, favor dirigirse:
Personalmente, al domicilio que figura a pie de página de la presente, 3º piso, Of. “U”;
Telefónicamente, al 4393-5750 ó al 0800-9999-OSDO (6736), Sra. María Victoria Vega Sánchez (int. 159); Srta. Gabriela Valiente (int. 154);
Vía fax, al 4393-5750 (int. 131/154);
Vía E-mail, a victoria.vega@osdo.com.ar

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